El Tribunal Supremo impide que La Línea de la Concepción celebre un «referéndum de independencia» de Andalucía Euro Weekly News

Foto del municipio de Cádiz en La Línea de la Concepción. Crédito: Cabeza2000/Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0

El Tribunal Supremo de España ha impedido que el municipio gaditano de La Línea de la Concepción celebre un referéndum para convertirse en una nueva región autónoma.

Este jueves 28 de septiembre La Sala Cuarta de la controvertida Sala Administrativa del Tribunal Supremo confirmó la aprobación del Consejo de Ministros del 25 de octubre de 2022 por la que se negó al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción la autorización para realizar una consulta popular para convertirse en comunidad autónoma.

Habitación rechazada Convocatoria del Consejo Municipal Considerando que una consulta como la solicitada podría estar amparada en el artículo 71 de la Ley de Fundaciones del Sistema Local.

“Parece claro que la creación de un municipio en la Comunidad Autónoma afecta directamente al Estado y a la Comunidad Autónoma, porque afecta a la organización territorial del Estado (artículo 137 de la Constitución) y cambia la composición territorial de la Comunidad Autónoma, en En este caso, Andalucía, por tanto, según su estatuto de autogobierno (artículo 2), queda fuera del ámbito de competencia municipal.

La sesión del Consejo de 2022 acordó celebrar el referéndum

El 10 de marzo de 2022, tras obtener el permiso del Consejo de Ministros, una sesión del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, sin votos particulares y dos abstenciones, acordó la celebración de un referéndum.

“¿Cree usted procedente que el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción presente una petición al Gobierno y al Parlamento Nacional para instar a la transformación del municipio en comunidad autónoma de conformidad con el art. 144 a) ¿De la Constitución Española?”, se preguntó entonces a los electores.

Sin embargo, posteriormente el Consejo de Ministros rechazó la licencia necesaria para eludir lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Reguladora de las Fundaciones del citado sistema local.

Este principio establece que de conformidad con la legislación del Estado y de la Comunidad Autónoma: “Cuando un municipio tenga competencia legal para este efecto, los alcaldes, previa aprobación de la mayoría absoluta del Pleno y la autorización del Gobierno de la Nación, podrá someter a consulta popular aquellas cuestiones relativas a la competencia municipal y local.” Que sean de especial importancia para los intereses de los vecinos, excepto las relativas al erario local.

La Sala expresó que la transformación que pretendía el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción para convertirse en comunidad autónoma a través del artículo 144a) de la Constitución no formaba parte de la competencia municipal.

La Sala explicó que este tema no era lo mismo que la consulta autorizada a los ayuntamientos de Villanueva de la Serena y Don Benito, que indicaba la fusión de los dos municipios, mientras que el ayuntamiento de La Línea de la Concepción pretendía constituirse. como comunidad autónoma.

Ante la postura defendida por la demanda, la Sala alegó que el artículo 2 del sistema andaluz estipulaba que la región andaluza: “comprende las tierras de los municipios de las provincias”. AlmeríaCádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, málaga Y Sevilla.

“Por tanto, la conversión del municipio de La Línea de la Concepción en comunidad autónoma priva a la comunidad autónoma de parte de su territorio”, concluyó el tribunal. eldiario.es.

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