El Banco de España propone reducir el coste de separación y adoptar el modelo austriaco

Según el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, los fondos del NGEU podrían utilizarse para facilitar la aprobación de costosas reformas estructurales para algunos agentes en el corto plazo. Las posibilidades de obtener aprobación para ciertos cambios legislativos pueden aumentar, cuando los beneficios solo se vuelven tangibles después de algún tiempo, si los grupos que perdieron temporalmente son compensados. La creación de un fondo de capitalización para que cada empleado financie una parte de la indemnización por despido en caso de despido es un ejemplo de reforma deseable para la economía en su conjunto, pero resulta costosa para algunos agentes en el corto plazo.

La gran diferencia en España entre los costes de rescisión de los contratos de trabajo indefinido y temporal, que es mucho mayor en el primer caso, y más cuanto mayor es la duración del empleo, hace que la pérdida de empleo recaiga desproporcionadamente sobre los hombros de los trabajadores temporales. Para paliar el problema de la excesiva duplicación en el grado de protección de los diferentes trabajadores, según el tipo de contrato, la Reforma Laboral de 2010 propuso la creación de un fondo de capital individual que otorgaría un monto equivalente a un determinado número de salarios para días laborables. Cada año de servicio. Esta cantidad se deducirá del bono de fin de servicio que los empleadores tendrían que pagar en caso de despido.

Los trabajadores recuperarán la cantidad acumulada en el fondo no solo en caso de despido, sino también cuando se trasladen a un nuevo trabajo en otra área geográfica, o para pagar los costos de capacitación o de otro modo al jubilarse. Además, si los trabajadores se trasladan a otra empresa de la misma zona geográfica, se llevarán el saldo del fondo. Entre las ventajas de este esquema está que existe una mejor alineación entre las decisiones de despido de la empresa y la productividad individual de cada empleado, pues reduce las diferencias en el monto de la indemnización que paga la empresa al momento del despido según el tipo del contrato del trabajador. O la duración del trabajo.

Los fondos de NGEU podrían usarse para aliviar algunos de los costos adicionales para las empresas durante la transición al nuevo sistema, dado que los derechos de compensación en los contratos existentes seguirán siendo válidos. Si el nuevo sistema se financia con las cotizaciones a la seguridad social de las empresas, las empresas incurrirán en costos adicionales durante los primeros años del programa, ya que deberán pagar las nuevas suscripciones y los beneficios de fin de servicio acumulados antes de introducir este sistema en el Mismo tiempo. mecanismo. Por ejemplo, el Recuadro 2.4 propone una ecuación para estos costos de transporte, en la que la cantidad total que toda la población recibe de los trabajadores en el largo plazo no cambia en relación con el sistema actual.

Para ello, se prevé que durante los primeros años posteriores a la introducción del nuevo sistema, los distintos niveles de gobierno podrían soportar un porcentaje decreciente de los costos de transición. El uso de una parte de los fondos del NGEU permitirá que el Mecanismo cuente con los recursos necesarios para su lanzamiento inicial. Además, este uso estaría en conformidad con las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión, que establece que para ser elegible para los fondos de la NGEU, las reformas deben ayudar a impulsar el crecimiento o mejorar la sostenibilidad económica o ambiental. Este reglamento cita específicamente las reformas del sistema de pensiones y del mercado laboral como ejemplos de reformas que califican para los fondos del NGEU.

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