Carta de estrategia de la sociedad civil al secretario Blinken sobre el capítulo racial

antonio parpadeo
Secretaria de estado
Gobierno de los Estados Unidos
Washington DC

22 de marzo de 2023

Nos complació mucho que la administración Biden anunciara públicamente que Estados Unidos es un copatrocinador internacional del componente étnico del acuerdo de paz de Colombia de 2016. La ceremonia de firma de octubre de 2022 con usted y la vicepresidenta Francia Márquez reconoció el importante apoyo que el gobierno de los EE. UU. ya estaba brindando a los grupos étnicos en Colombia a medida que elevaba el perfil de los problemas afrocolombianos e indígenas en todo el mundo. .

Creemos que Estados Unidos y Colombia deberían desarrollar una estrategia conjunta, como el Plan de Acción Laboral (LAP) de la Columbia Estadounidense, para asegurar que el subsidio estadounidense al capítulo étnico avance. del capítulo étnico. Lo que se necesita es un mapa de cómo Estados Unidos puede ayudar a Colombia a avanzar en la división étnica a corto, mediano y largo plazo. Esta hoja de ruta y estrategia deben desarrollarse a través de un proceso consultivo con el Alto Evento Especial sobre Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión de Paz Étnica, el Consejo de Paz Afrocolombiano y otros actores clave de la sociedad civil.

Recomendamos que dicha estrategia incluya:

1) Identificar temas prioritarios, acciones a tomar e indicadores para medir el progreso.

2) Designación clara de los responsables de llevar a cabo diferentes aspectos de la división étnica dentro de los dos gobiernos. Una descripción de los roles que desempeñarán varias agencias estadounidenses y ministerios colombianos, el Congreso de los Estados Unidos y la sociedad civil de los Estados Unidos. Definición de una agenda o calendario y los temas a resolver.

3) Una descripción de cómo esta iniciativa integrará, complementará y mejorará las iniciativas existentes del gobierno de los Estados Unidos, como el Plan de Acción Racial de Colombia (CAPREE) y el Plan de Acción Laboral de Colombia (LAP), y cómo se articularán estos programas y el capítulo racial. Del mismo modo, una descripción de cómo esta iniciativa complementa y mejora la programación de USAID para los pueblos indígenas y afrocolombianos.

4) La estrategia debe incluir reglas de juego culturalmente sensibles y respetar las formas de interacción de los líderes afrocolombianos, indígenas, rizales y romaníes, las autoridades regionales y las comunidades étnicas con las comunidades. Debe incluir un ciclo continuo de retroalimentación de consulta, evaluación y retroalimentación de las personas y autoridades étnicas, incluido el Alto Evento Especial para los Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión de Paz Étnica, el Consejo de Paz Afrocolombiano y otros actores clave de la sociedad civil.

READ  Amistad Internacional: América vs. Colombia

5) Un plan financiero que identifique los recursos y qué recursos se necesitan para emprender esta iniciativa. Esto permitirá la oportunidad de asociarse con el sector privado, otros países interesados ​​y donantes.

6) Los detalles de dicha estrategia deben ser consultados con el Alto Evento Especial sobre Pueblos Étnicos (IEANPE), la Comisión Étnica de Paz, el Consejo Afrocolombiano de Paz y otros actores clave de la sociedad civil. Adicionalmente, recomendamos que el gobierno de los Estados Unidos (Administración, Departamento de Estado, USAID, Congreso y otras agencias) apoyen las siguientes medidas para fortalecer el capítulo étnico identificado por los voceros del Evento Étnico de Alto Nivel sobre Pueblos Étnicos (IEANPE). ), que avaló tres tipos de medidas para fortalecer el capítulo étnico:

1) Mejorar el proceso de monitoreo y seguimiento.

2) Análisis e incidencia ante la comunidad internacional y organismos gubernamentales.

3) Desarrollo de capacidades en áreas de implementación directa. Para optimizar estos ejes, se deben considerar los siguientes criterios:
A. Tienen que progresar a nivel regional nacional y regional.
B. Las personas deben recibir formación sobre la discriminación racial.
C. Se deben desarrollar canales de comunicación entre la IEANPE, las autoridades regionales y los líderes étnicos, así como el gobierno nacional y la comunidad internacional.

Para complementar estos esfuerzos, es necesario que Estados Unidos ayude a avanzar las recomendaciones hechas en su sección sobre grupos étnicos en el informe final de la Comisión de la Verdad. La Comisión utilizó un protocolo de preconsulta y participación de las etnias siguiendo los lineamientos de la etnia. Entre las múltiples recomendaciones de la Comisión de la Verdad relacionadas con esta estrategia de división étnica, destacamos las siguientes:

1) Establecer el principio de recordar y afirmar la verdad a través del silencio y la construcción no repetitiva.

2) Ajustes políticos, normativos e institucionales necesarios que garanticen una compensación integral, diferenciada y transferible a las víctimas del conflicto (en especial la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras) para asegurar que el pasado no se repita. Éstas deben tener lugar en un tiempo razonable para que tengan un impacto real en la exclusión, la pobreza y las desigualdades históricas a las que se enfrentan las víctimas racializadas.

3) Presentar un plan de emergencia para garantizar de manera prioritaria la implementación de los mandatos relacionados con la reparación integral a las víctimas del conflicto armado contenidos en las sentencias de los organismos internacionales de derechos humanos.

4) Mejorar la ley de derechos y garantías de las organizaciones y movimientos sociales -en especial las organizaciones de base de grupos históricamente marginados- que les permita reconocer, fortalecer y garantizar su incidencia en los asuntos públicos. Se debe prestar especial atención a las mujeres, las personas LGBTIQ+, las personas étnicas y los agricultores rurales.

5) Garantizar espacios de diálogo y coordinación con las autoridades regionales y étnicas, las comunidades, sus organizaciones, la academia y las instituciones de derechos humanos y especializadas en el diseño, implementación y seguimiento de la política de drogas en los territorios rurales afrocolombianos e indígenas.

6) Formular y desarrollar políticas públicas sobre cómo interactúan la justicia ordinaria y la justicia indígena. Debe construirse en colaboración con las autoridades tribales representativas. Como parte de la política, se debe impulsar la legislación para articular la jurisdicción tribal especial y la jurisdicción ordinaria en el marco de la Mesa Permanente de Pueblos Tribales.

7) Aprobación y priorización de cambios normativos e institucionales para garantizar los derechos consagrados en la Constitución Política de 1991 con la población étnica. Para progresar en esto, cada pueblo necesita:

● Pueblos Tribales: Desarrollo de los Artículos 2, 7, 10, 40, 246, 246, 286, 287, 329 y 330
La Constitución de 1991, la Asamblea Constituyente y el Capítulo Étnico de la Paz Final
Un acuerdo para garantizar los derechos relacionados con las instituciones territoriales indígenas,
participación política y jurisdicción especial indígena, entre otros.
● Pueblo negro, afrocolombiano: De conformidad con los artículos 2, 7 y el artículo 55 transitorio
La Constitución de 1991, la Asamblea Constituyente y el Capítulo Étnico de la Paz Final
Acuerdo, garantizando que las disposiciones de la Ley 70 de 1993 están plenamente formadas, el cumplimiento
Disposiciones de Instituciones Territoriales, Autonomía y Protección de los Territorios Conjuntos Negros
Las comunidades y el desarrollo diferencial de las grandes ciudades y municipios
Presencia afrocolombiana y negra en el país.
● Pueblo Rizal: De conformidad con los artículos 2, 7 y el artículo intermedio 55 de 1991
Constitución, Ley 70 de 1993, Capítulo Racial Constituyente y Final de la Constitución
Avanza a la ratificación del Tratado de Paz, la Ley de Autogobierno del Pueblo Risel
Garantizar la coordinación interorganizacional de procesos, capacidades, ubicaciones y procesos;
Reconoce el territorio ancestral Rizal y la protección de sus tierras.
● Pueblo de Palenquero: Conforme a los artículos 2, 7 y artículo intermedio 55 de 1991
Constitución, Ley 70 de 1993, Capítulo Racial Constituyente y Final de la Constitución
Un tratado de paz, que establece las condiciones para la creación del Instituto Regional Palenquero.
Debe garantizar la estructura organizativa, las capacidades y la seguridad interinstitucional.
Procesos de integración.
● Pueblo Rrom: Según 2 y 7 de la Constitución de 1991 y Vol.
Debería haber una lista de los derechos del pueblo de Roma en términos de constitución y seguridad.
fue creado. Debe garantizar la estructura organizativa, las capacidades y los procesos de integración interorganizacional.
Como socio del capítulo étnico, el gobierno de EE. UU. debería utilizar sus oficinas diplomáticas
Llevar adelante esta acción no solo con el gobierno colombiano, sino también con otros.
Estados y organismos de las Naciones Unidas.

READ  Colombia retrasa primera ronda de licencias de energía eólica marina

Esperamos seguir dialogando con usted sobre este tema.

Atentamente,

Oficina de Washington para América Latina (WOLA)
UNIAFRO
almasapaz
MADRE
Grupo de Trabajo de América Latina (LAWG)
Instituto Internacional para la Raza y la Igualdad
Bloque global
Por la paz
Comité de Derechos Humanos de Colombia
Colombia Acuerdo de Paz ONG
Ciclo Estudios Africanos y la Diáspora (CEADA)
Colectivo Arraigo
[email protected] foro
Iniciativa Global Afrocolombiana

roberto pence
Michael Byronbaum Quintero, Profesor Titular y Asociado, Departamento de Musicología y Etnología,
Universidad de Boston
eunice m escobarMPA, Asociación para la Ecología Humana Creativa
Humberto Garcés
jose f Jordán, Programa de apoyo de Sudáfrica (SASP)
Mbare NgomeDecano y profesor, James H. Facultad de Artes Liberales Gilliam, Jr.
Universidad Estatal de Morgan
Víctor Rodríguez

Descarga la carta completa Aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *